jueves, 23 de febrero de 2023

Legislación y organización

 

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA


La empresa debe cumplir una serie de obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales, entre los que podemos destacar:

  • Deben evaluar los riesgos de la empresa y de los respectivos puesto de trabajo: Deben evaluar el riesgo teniendo en cuenta la actividad de la empresa y del puesto de trabajo, combatiendo los riesgos en su origen y antes de posibles accidentes.
  • Deben proporcionar las EPIS necesarias, para sus trabajadores: Guantes, mascarillas, gafas de seguridad…


  • Medidas de emergencia: En caso de que exista una emergencia, no prevista por la actividad habitual de la empresa (Incendio, accidente, explosión, etc.) la empresa y sus trabajadores, deben saber cómo actuar en estos casos.
  • Deben proteger a los trabajadores especialmente vulnerables: Trabajadores con algunas discapacidades, trabajadores menores de edad, embarazadas …


  • Informar sobre problemas de salud: Situación de emergencia que pueda afectar a la seguridad y salud de las personas presentes en el centro de trabajo habitual de la empresa. Ejemplo de esto es la piedra de uralita y de las minas las cuales provocan cáncer a los trabajadores que las manipulan.

 

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES


Todo trabajador que trabaja por cuenta ajena tiene una serie de derechos y obligaciones con la empresa.  

Derechos: Dentro de los derechos del trabajador encontramos unos básicos ( Al trabajo, libre elección de oficio, sindicación, negociación colectiva y adopción de medidas de conflicto colectivo, reunión, huelga y participación en la empresa.)

No obstante, con relación directa en el trabajo encontramos:

  • No podemos ser discriminados por nuestro sexo, raza, religión, lengua…


  • Al cobro puntual del salario y al ejercicio individual de las acciones derivadas del contrato de trabajo.
  • A ser informado de los elementos esenciales del contrato de trabajo y de las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, siempre que la relación laboral exceda de cuatro semanas.
  • A su integridad física y a una adecuada política de seguridad y salud en el trabajo. En caso de riesgo grave e inminente para la vida o su salud, derecho a interrumpir su actividad laboral, pudiendo también interrumpirse, de modo total o parcial

Obligaciones: Parte de derechos también tenemos unas determinadas obligaciones con la empresa:

  • Cumplir nuestras obligaciones de buena forma. La empresa podrá verificar las faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su revisión médica. De lo contrario, perderá sus derechos económicos que estén a cargo del empresario. 

  • Cumplir con los términos que el propio Estatuto de la empresa establece.

  • Seguir las órdenes dictadas por el empresario en el ejercicio de su función.

  • Cumplir con las medidas de higiene y salud que determine la empresa.

LOS PRINCIPIOS DE PREVENCIÓN


Con tal de evitar posibles accidentes de salud debemos cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. La cual en su artículo 15 nos detalla los principios básicos de prevención que debemos tener en cuenta:




  • Evitar riesgos laborales.
  • Evaluar los riegos que no se puedan evitar.
  • Combatir los riesgos en su origen.
  • Adaptar el lugar de trabajo a la persona (ergonomía)

 -Diseño del espacio de trabajo

- Elección de la maquinaria

  • Tener en cuenta la evolución técnica.
  • Substituir lo peligros por algo mas seguro.
  • Adoptar medidas que antepongas la seguridad colectiva. 
  • Dar las debidas instrucciones a los trabajadores, de forma que estén informados.